Normativa sobre insonorización acústica en locales

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Normativa sobre insonorización acústica en locales

Muchos de los que montan un negocio (local, pub, discoteca, restaurante, bar, gimnasio, sala de ensayo…)no conocen bien la normativa especifica de insonorización acústica. Es muy importante conocerla bien para evitar problemas con los vecinos, transeúntes y edificios colindantes. Pero también lo es, para no tener problemas con la ley y poder argumentar con todo en nuestra mano si tenemos algún inconveniente.

Las leyes y normativas vigentes en materia de ruido están al acceso de los empresarios que necesiten conocerlas en su totalidad para así poder obtener una licencia de apertura del local legal y en plena vigencia.

¿Conocemos la normativa de la insonorización acústica?

Lo que debemos saber es que todo depende de cada localidad y comunidad autónoma. Debemos conocer muy bien las ordenanzas municipales al respecto. Nosotros hemos analizado diferentes ordenanzas municipales que hablan sobre ruido y hemos sacado algunas conclusiones generales.

Existen unas líneas claras y básicas para cumplir en cuanto a «insonorizar locales o viviendas ruidosas» en cualquier ciudad de nuestro país.

Las normativas dependen de cada localidad. Según las ordenanzas municipales de cada ciudad debemos acondicionar de una forma u otra nuestro local o empresa. Como ya hemos dicho hemos analizado las normativas vigentes de las principales ciudades de nuestro país y hemos extraído distintas normas generales y las siguientes conclusiones.

Una de las cosas más importantes es determinar si nuestro negocio está en una zona con requisitos especiales o no.

La zona donde lo implantemos, es uno de los requisitos más importantes para aplicar una normativa más exhaustiva u otra. Si nuestro local o empresa está cerca de un área sanitaria los requisitos serán mayores que si está en una zona de polígono industrial y naves de almacenaje.

Por otra parte, si están en zonas comerciales o en edificios de viviendas tendrán unos horarios de silencio y decibelios más bajos a respetar.

Analizando algunas de las normativas a nivel general existen estos parámetros de ruido que deben cumplirse:

  • Zonas sanitarias: nivel de ruido ambiental entre las 8-22 horas no puede superar por regla general entre 40-50 Decibelios. En las horas de descanso de 10 de la noche a 8 de la mañana incluso es menor de 35 a 45 db.
  • Zonas de viviendas residenciales: de 8-22 no se deben superar los 60 db y de 10 de la noche a 8 de la mañana los 40 db.
  • Zonas industriales: como media se puede llegar hasta los 75 db.

Pero como decimos es una media. Cada localidad tiene sus horarios y en zonas residenciales pueden ser aplicados generalmente a partir de las 12 de la noche.

De todos modos, siempre que tengamos dudas de si cumplimos o no estos requisitos y para ponernos manos a la obra y buscar soluciones, nuestro consejo es que contemos con el servicio de asesoramiento de una empresa de ingeniería acústica que ayude a cumplir la legalidad en vigor.

 

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