Como afrontar legalmente los problemas de ruido
Seguimos analizando las formas legales de cómo atajar el ruido y poner en marcha la maquinaria legal.
Como se regula el horario de ruido nocturno
La normativa es más estricta en cuanto el tema del ruido nocturno, por otra parte normal, para respetar los horarios de descanso de los vecinos.
Estos horarios son para todos los lugares parecidos, en las franjas horarias de las 11 de la noche a las 7 ó 8 de la mañana.
En grandes ciudades como Madrid, Barcelona o Valencia se restringen además cualquier reparación, cambio de muebles, movimiento de electrodomésticos pesados, etc. dentro de las viviendas entre las 21.00 y las 8.00, y hasta las 9.00 los fines de semana y festivos.
Si te pasa algo relacionado con estas horas, o te altera el descanso nocturno, un local o botellón en tu plaza, puedes tener varias alternativas para realizar una denuncia, aunque los expertos legales te asesorarán que siempre el primer paso sea amistoso: la conciliación es la clave y muchos problemas de ruidos se solucionan así.
¿Cómo actuar legalmente ante los problemas de ruido?
Primer paso: la conciliación
Lo primero que debemos hacer es informar al emisor del ruido que nos molesta. Muchos aunque nos parezca extraño, no saben que molestan ni que el ruido es tan molesto para otros, puesto que no toman conciencia y hay personas que el umbral del ruido es inferior a otros.
La mayoría de los problemas no pasan de ahí. Ahora bien, si se hace caso omiso, la gente , debemos trasladar nuestra queja a a la comunidad de vecinos para que actúe y, si no se soluciona el problema, que convoque una Junta de Propietarios a veces extraordinaria con este punto en el orden del día, para crear un plan de acción que pongan fin a las actividades ruidosas. A veces , con un intermediario legal que realice estos pasos con avisos bien redactados en los que se “nota” que está la mano de un abogado, disuade al “vecino-local ruidoso”.
Segundo paso: la denuncia administrativa por ruidos
Ya pasaríamos a la siguiente fase. Un trámite de denuncia administrativa ante el Ayuntamiento de nuestra ciudad,. Este trámite lo puedes hacer de forma unilateral, individual o bien de forma colectiva apoyándola con la recogidas de firmas. Normalmente el proceso es contar con unos formularios previamente diseñados que se rellenan identificando el lugar, las horas y el causante del ruido. Los técnicos del ayuntamiento, desplazan a un experto que realizará una medición acústica en los horarios estipulados.
Cuando los ruidos son en horas aleatorias y que no se pueden predecir, se puede llamar a los efectivos de la Policía Local para que acudan y pueden in situ medir si se sobrepasan los niveles máximos permitidos.
Si esto sucede, se iniciaría el trámite administrativo y la autoridad si se ve que es correcto, hará un expediente sancionador .
Finalizada este proceso de instrucción, se traslada a las partes la propuesta de resolución y se abre un nuevo plazo para alegar. Pero han de saber los expedientados que dependiendo de la gravedad de la infracción, algunas pueden llegar desde 3.000 € hsta 300.000 euros en ciudades como Barcelona, Sevilla y Madrid. Además, las administraciones en periodos de tiempo y como medidas de transición pueden adoptar medidas provisionales mientras tramitan el procedimiento, como la clausura de un local o la suspensión de la licencia por un tiempo.
Tercer paso: la denuncia de los ruidos por la vía judicial
Ante la falta de resolución o dejación o de la administración local , se puede derivar a la vía Contencioso-Administrativa, de la que se pueden derivar indemnizaciones con cargo al estado público a favor del denunciante.
Por otra parte, una vez cursada estas denuncias por vías judiciales hay sentencias a favor en las se han conseguido indemnizaciones de daños y perjuicios. Existe ya jurisprudencia al respecto y sentencias firmes.
El caso más grave es que un problema de ruido sea catalogado como delito contra el Medio Ambiente en los que el ruido pueda derivar en problemas de salud. Dependiendo de la gravedad del delito, las condenas a los emisores pueden ser bastante ejemplares y alcanzar los cinco años de cárcel para el emisor del ruido, a lo que se pueden añadir indemnizaciones por daños y perjuicios.
La exposición al ruido constante forzando por encima los niveles permitidos puede acarrear graves problemas de salud mental y psicológica. Por lo tanto , si tus problemas son estos, no dudes en moverte y recurrir por los trámites legales. La ley está de tu parte si demuestras que está ocasionando graves perjuicios.
A continuación os exponemos un gráfico muy sencillo para que entendáis de forma muy visual y gráfica toda la normativa del ruido y que resume muy bien la última legislación: la ley 37/2003.
Consulta también:
Los problemas de ruido. La ley de tu parte.
Normativa sobre insonorización acústica en locales.
¿Debemos insonorizar una cafetería?
EUROPEAN ACÚSTICA Expertos en Control de Ruido
Te asesoramos para valorar si tu vivienda o negocio cumple con la normativa vigente en materia de ruido.