Ruido de vecinos. Horarios

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 Ruido de vecinos. Horarios

A no ser que vivamos en un pueblo aislado o en una estupenda vivienda independiente, el ruido de los vecinos es algo con lo que tenemos que convivir la mayoría de las personas que tenemos una vivienda en un bloque o urbanización.

La transmisión de ruido y su molestia depende de muchos aspectos, el diseño del edificio por parte del arquitecto (por ejemplo que la zonas de los dormitorios den todos a una misma zona, patios abiertos, elementos como ascensores fuera de nuestro espacio de vivienda, etc…), la ejecución por parte de la constructora, la calidad de los materiales utilizados, y finalmente de lo ruidosos que sean nuestros vecinos.

Generalmente se habla de ruido nocturno, ya sea por un ruido anormal nos moleste ya sea de un ruido procedente del exterior o de un ruido de una vivienda colindante. Sin embargo muchas veces este ruido no solo se reserva para la noche, existen infinidad de ruidos que también se sufren durante las horas diurnas.

Ruidos como el llanto de un niño, las primeras notas musicales de nuestro vecino con su flauta, ladridos del perro de nuestro vecino pueden convertir nuestra estancia en nuestro hogar en un autentico suplicio.

Limites de ruido vecinos en Madrid

Horarios

Toda vivienda, establecimiento o actividad deberá respetar unos limites en su transmisión de ruido y nunca podrán ser superiores a los niveles marcados por la Ordenanza de nuestro municipio.

Por lo general se marcan unos periodos horarios.

  • Diurnos de las 7:00 hasta las 19:00
  • Periodo de tarde de 19:00 a 23:00
  • Periodo nocturno de 23:00 a 7:00

Esto entre diario, los días festivos el periodo nocturno va desde las 23:00 a las 8:00.

Usos

Por otro lado tenemos que tener en cuenta el uso del local que recibe el ruido. No es lo mismo que sea un uso residencial (donde vivimos) que un local de ocio.

Dentro del uso residencial los espacios se dividirán en 2.

Estancias. (Salón, cocina, baños,…)

Dormitorios.

Limite de ruido

Durante el periodo diurno el limite de ruido máximo permitido.

  • Estancias: 35db
  • Dormitorios: 30 db

Periodo de tarde.

  • Estancias: 35 db
  • Dormitorios: 30 db

Periodo nocturno.

  • Estancias: 30 db
  • Dormitorios: 25 db

Los ruidos en desplazamiento de muebles y movilización de enseres está limitado desde las 21:00 hasta las 8:00, retrasándose los sábados y festivos hasta las 9:30.

Denunciar ruido de vecinos

Todo vecino o propietario que se sienta molesto por ruidos que no cumplan lo marcado por las normas u Ordenanzas puede denunciarlo.

En el caso de ruidos puntuales o imprevisibles como el de algunos vecinos lo primero será llamar a la Policía Municipal para que se persone en el acto en el lugar que se está produciendo la molestia o ruido.

Posteriormente y para ruidos molestos que se repitan en el tiempo, el tramite de la denuncia se podrá realizar a través de internet, por teléfono llamando a la Policía Municipal o presencialmente en las Oficinas de registro municipal.

Medición de ruidos

Uno de los documentos que debemos aportar a la hora de la denuncia son las mediciones que demuestren que no se está cumpliendo con los limites establecidos en la ley. Estas mediciones deben cumplir un protocolo de la Ordenanza de Protección para que sean considerados válidas. En este caso os recomendamos poneros en contacto con una empresa especialista en mediciones acústicas. En European Acústica os podemos ayudar y asesorar.

Una vez interpuesta la denuncia y si el resultado de la inspección pone de manifiesto el incumplimiento de la Ordenanza en cuestión de ruido, se inicia el expediente de medidas correctoras y la sanción si fuese el caso.